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Competencias y principios de actuación en materia de paisaje

El Cabildo Insular de Tenerife, mediante acuerdo plenario de 26 de Mayo de 2008, se adhirió a los principios, objetivos y medidas contenidos en el Convenio Europeo de Paisaje. (en adelante CEP)

El CEP es un tratado internacional auspiciado por el Consejo de Europa, firmado en Florencia el 20 de octubre de 2000, ratificado por España y que entró en vigor a nivel nacional el 1 de marzo de 2008. Su objetivo es “promover la protección, gestión y ordenación de los paisajes, así como organizar la cooperación europea en ese campo.”

El concepto global de Paisaje que ofrece el Convenio, definido como cualquier parte del territorio tal y cómo es percibida por la población, cuyo carácter sea el resultado de la acción y la interacción de factores naturales y/o humanos, abre una nueva manera de abordar esta temática. El paisaje trasciende el concepto convencional de territorio, poniendo gran énfasis en la Población, en las personas que habitan el territorio, que lo perciben y que lo transforman. Asimismo las políticas de paisaje deberán estar referidas a todos los paisajes, tanto a los que puedan considerarse excepcionales como a los paisajes cotidianos o degradados y no se limitarán únicamente a la conservación, sino que incluirán estrategias de ordenación, que implica la intervención para restaurar, mejorar o crear paisajes, y las de gestión, con el fin de guiar y armonizar las transformaciones que ya se están produciendo.

Actualmente, la competencia que ejerce el Cabildo de Conservación y Mejora del Paisaje es desarrollada por el Área de Presidencia, a través de la Dirección Insular de Carreteras y Paisaje. La red viaria, entre sus múltiples funciones, incluye la de ser una de las principales y más frecuentes plataformas desde la que el paisaje es percibido cotidianamente y además es un elemento que transforma el territorio. Por todo ello, merece gran atención tanto el paisaje inherente a las carreteras como el percibido desde ellas.

Caracterización del paisaje insular

El Plan Insular de Ordenación de Tenerife (PIOT) como instrumento de ordenación de los recursos naturales, territoriales y urbanísticos de Tenerife aporta gran cantidad de información acerca de las características de la isla que pueden ayudar a comprender su dimensión paisajística. Concretamente el Plan hace especial énfasis en algunos tipos de paisaje, como los agrarios y costeros. Asimismo, el PIOT determinaba que se debía formular un Plan Territorial Especial de Ordenación para la protección de los paisajes insulares.

Como consecuencia de ello, existe un amplio trabajo de análisis y evaluación del paisaje de Tenerife incluido en la memoria de información y los planos que sirvieron para la elaboración del Plan Territorial de Ordenación del Paisaje de Tenerife (actualmente anulado).

Se puede consultar en la página Planes Insulares. Los tipos de paisaje se pueden clasificar en función de diferentes factores:

  • Por el predominio de sus componentes, pueden ser de predominio abiótico, biótico o cultural..
  • Por su funcionalidad: naturales, agrarios o urbanos
  • Por su altitud: pueden ser paisajes de costa

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